Apellido
[Del lat. appellare, llamar]. Durante la Edad Media, ejército reunido en un territorio, villa o fortaleza con finalidad defensiva. Pregón, llamamiento o toque de rebato para que los vecinos de una comarca o localidad se congregasen en un lugar específico. En Derecho medieval, iniciación de un procedimiento judicial in fraganti. El apellido podía ser convocado por el rey, el señor feudal, el concejo municipal o, en el País Vasco, por el pariente mayor de un linaje mediante un llamamiento a los súbditos, vasallos, ciudadanos y partidarios para aprestarse a la defensa contra un ataque enemigo. Cuando las huestes o mesnadas eran reunidas con el objeto de iniciar una campaña ofensiva, recibía el nombre de fonsado (v.). El uso de este derecho y las obligaciones que comportaba, recogidos en las Partidas de Alfonso X el Sabio (s. XIII), estaban regulados por las jurisdicciones particulares de los estatutos y fueros, lo que en algunos casos eximía de su cumplimiento a una parte o a...
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