Ley de Aguas
La legislación española sobre el derecho de aguas tiene antecedentes que se remontan a los periodos más lejanos de su historia. Algunas instituciones de origen medieval siguen aún vigentes, como es el caso del Tribunal de las Aguas de Valencia, que administra democráticamente los caudales de las diez principales acequias, cuyas respectivas organizaciones han sido respetadas por las legislaciones posteriores. Sindico en una sesión del Tribunal de las Aguas. En las Partidas de Alfonso X el Sabio se hace mención expresa a los derechos de los pueblos a poseer particularmente el agua de los cauces en que son ribereños, pero el Derecho español siempre defendió la utilidad pública de las aguas terrestres, a las que se atribuyó siempre carácter jurídico demanial o pertenencia al dominio público. El conflicto de derechos de propiedad privada de los pueblos ribereños o el de su propiedad colectiva está en la base de la legislación sobre materia de aguas en todos los...
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