Ley Orgánica de Educación (LOE)

Novedades de la LOE

El 24 de mayo de 2006 entró en vigor la Ley Orgánica de Educación (LOE) que deroga las anteriores, excepto la LODE y regula aspectos clave sobre la admisión de alumnos, religión, promoción y diversificación curricular, entre otros. Se concibe la educación como un servicio público, esencial de la comunidad, que puede ser prestado por los poderes públicos y por la iniciativa social y va acompañada de una memoria económica de 7.033 millones de euros de gasto educativo adicional entre el Estado (60 por ciento) y las Comunidades Autónomas hasta 2010. Entre otras novedades introduce:
- La nueva área Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos en Primaria y Secundaria.
- El 55 y 65 por ciento de los horarios escolares se dedicarán a los contenidos básicos de las enseñanzas mínimas, según sean CCAA con lengua cooficial o no.
- La educación infantil es voluntaria, gratuita entre los 3 y los 6 años, las administraciones garantizarán una oferta suficiente de plazas en los centros públicos y concertarán con los privados.
- El aprendizaje de un idioma extranjero comenzará a los 5 años. Habrá un segundo idioma en Cuarto.
- Los alumnos podrán repetir curso una vez en Primaria y dos en Secundaria y sólo en una ocasión por curso. En ESO pueden promocionar con dos suspensos como máximo y "excepcionalmente" con tres cuando los profesores lo consideren.
- Los mayores de 16 años que no se hayan graduado en ESO y excepcionalmente los de 15 podrán acogerse a programas de cualificación profesional inicial.
- El Bachillerato tendrá tres modalidades (Artes, Ciencias y Tecnología y Humanidades y Ciencias Sociales), con materias comunes como Ciencias para el Mundo Contemporáneo y Filosofía y Ciudadanía.
- Se elimina la Prueba General de Bachillerato (PGB) de la LOCE y se adopta una única prueba de acceso a la Universidad.
- La asignatura de Religión será de oferta obligatoria para los centros, optativa para los alumnos. La LOE señala que esta materia se ajustará a los acuerdos suscritos con la Santa Sede y un decreto posterior regulará que la nota obtenida no contará para repetir curso ni para la obtención de becas.
- Las administraciones regularán la admisión de alumnos en centros públicos y privados concertados con garantía del "derecho a la educación, el acceso en condiciones de igualdad y libertad de elección de centro". En este sentido, las administraciones podrán constituir comisiones u órganos "de garantías de admisión", con funciones de supervisión.
- Las administraciones atenderán a las necesidades de los alumnos con un apoyo educativo específico (inmigrantes entre ellos); establecerán la proporción de matriculaciones en cada uno de los centros públicos y privados concertados.
- Los centros privados podrán acogerse a la concertación educativa con preferencia para aquellos que atiendan poblaciones escolares de condiciones económicas desfavorables.
- El Estado y las CCAA acordarán un plan de incremento del gasto educativo para los próximos diez años para la equiparación con la media de la UE.
- Se reconoce el derecho de reunión de los alumnos a partir de tercero de la ESO.
- La LOE introduce medidas para la reducción de profesores interinos y la jubilación voluntaria de éstos a los 60 años durante el calendario de aplicación de la ley.

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