Padrón (administración)
Introducción [Del lat. patronus, y ésta de pater,‘padre’]. También padrón municipal. Registro administrativo donde constan los vecinos de un término municipal, cuyos datos constituyen una prueba de la residencia en el municipio y del domicilio habitual. Hasta la publicación de la Ley 4/1996, de 10 de enero, por la que se modificaba la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, este documento debía rectificarse anualmente y renovarse cada cinco años (en los años censales y en el periodo quinquenal intermedio), tomándose como fecha de referencia el 31 de diciembre y siendo el propio Ayuntamiento el encargado de llevar a cabo el registro y la actualización pertinentes, de acuerdo con la legislación vigente. La nueva ley, atendiendo al progresivo desarrollo de las técnicas de almacenamiento y gestión de grandes ficheros de datos, normaliza la gestión continua e informatizada del padrón municipal, concebido ahora como un documento en permanente proceso de actualización, y establece una coordinación entre los padrones de todos los municipios para evitar que se produzcan errores inherentes a la gestión individualizada de cada uno de ellos, lo que permite que las cifras padronales puedan ser declaradas oficiales por el Gobierno anualmente, a propuesta del Instituto Nacional de Estadística (INE). La Ley establece, así mismo, que la Administración General del Estado, en colaboración con los ayuntamientos y las administraciones de las comunidades autónomas, es la responsable de confeccionar el padrón de españoles residentes en el extranjero (las personas inscritas en este padrón se consideran vecinos del municipio español que figura en su inscripción únicamente a efectos del ejercicio del derecho de sufragio, y no constituyen, en ningún caso, población del municipio). Finalmente, atribuye al INE las funciones de coordinación de los distintos padrones municipales y, con el propósito de resolver los posibles conflictos que pudieran plantearse entre las distintas administraciones públicas implicadas en la gestión padronal, establece la creación del Consejo de Empadronamiento, presidido por el presidente del INE, como órgano colegiado de colaboración entre la Administración General del Estado y los entes locales.
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